El Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) es un beneficio del Estado de Chile para todos aquellos trabajadores dependientes cuyo sueldo no llega a los 300 mil pesos líquidos. En otras palabras, es un aporte económico que garantiza el salario mínimo para quienes reciben menos de 410 mil pesos brutos en 2025.
A pesar de que se creía que fue una medida como respuesta a la crisis social y política de Chile, es una ley permanente. En GeoVictoria Blog te contaremos de qué se trata, qué requisitos tiene, cuánto es el aporte y cuándo se puede postular.
¡Revisemos!
Según la LEY 21.218, el “Subsidio para Alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado” se crea como un “subsidio mensual, de cargo fiscal, para los trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo”.
Ello siempre y cuando sean trabajadores con “contrato de trabajo vigente y afectos a una jornada ordinaria de trabajo conforme al inciso primero del artículo 22 de dicho Código. Además, el trabajador debe superar las treinta horas semanales” de trabajo.
En el mismo artículo 1, se indican los requisitos para acceder al derecho. Entre ellos está:
“a) percibir una remuneración bruta mensual inferior a $432.000.
b) integrar un hogar perteneciente a los primeros nueve deciles, de acuerdo al instrumento de caracterización socioeconómica.”
Existe un caso especial para el sueldo o remuneración bruta mensual superior a los 310 mil pesos y menor a los 432.000 pesos. Si la persona está en ese tramo, se restará el aporte máximo con el sueldo bruto que tenga el beneficiario. En el artículo 2 se especifica que el aporte máximo es de $66.000.
En tanto, según el artículo 3, para los trabajadores dependientes cuya remuneración bruta mensual sea inferior a $310.000 y su jornada ordinaria de trabajo sea el máximo de horas (45 horas semanales), el monto mensual del subsidio corresponderá al 19,67 por ciento de la remuneración bruta mensual.
Otro requisito importante para acceder al beneficio es la acreditación socioeconómica. Para ello, se debe pertenecer a un hogar del 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH).
El Ingreso Mínimo Garantizado se devengará mensualmente. El trabajador tendrá derecho a éste sólo en virtud de un contrato de trabajo.
Este beneficio que recibirá el trabajador no será imponible, tributable, embargable ni estará afecto a descuento alguno.
El IMG se extinguirá por el término de la relación laboral o en caso de que el trabajador deje de cumplir con los requisitos establecidos por esta ley para tener derecho a él, en la forma que determine el reglamento.
Según Chile Atiende, si el trabajador o trabajadora recibía el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) o el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no podrá recibirlos junto con el subsidio para el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG).
Para inscribirte y postular a este beneficio debes ingresar a https://www.ingresominimo.cl/. Allí debes ingresar los siguientes datos:
- Nombre completo.
- RUT.
- Fecha de Nacimiento.
- Número de Documento.
También se puede postular a través de la clave única que otorga el registro civil para realizar trámites del Estado. Mientras se haga todo el proceso online, no es necesario presentar ningún documento.