Recursos Humanos

Ley de 40 horas: Compensación de horas extra por días de feriado

La nueva ley abre la posibilidad de pagar con días adicionales de descanso, entre otras definiciones

Ley de 40 horas: Compensación de horas extra por días de feriado
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La nueva ley 21.561, que reduce la jornada laboral a 40 horas semanales, se encuentra vigente en Chile desde el 26 de abril e implica varios cambios dentro de la actual legislación laboral. Uno de los aspectos que aborda la ley es la compensación de las horas extraordinarias, que ahora por primera vez incluye la posibilidad de otorgar días adicionales de feriado para los trabajadores. ¿Qué límites y condiciones tiene esta nueva modalidad? Conoce más detalles de su funcionamiento a continuación.

¿Cómo funciona esta modalidad? 

En términos simples, la nueva ley establece la opción de que las horas extra trabajadas puedan ser retribuidas al trabajador con hasta cinco días de feriado adicionales al año. Estos se consideran aparte del feriado legal y con el mismo recargo con el que se calculan las horas extras, es decir, una hora extra trabajada equivaldrá a una hora y media de feriado adicional.  

Según detalla el Dictamen N° 81/02 de la Dirección del Trabajo, emitido el 1 de febrero, esta modalidad debe ser previamente pactada por escrito por el trabajador y el empleador, mientras que el Dictamen N°199/05 determina que solo puede otorgarse en días completos, no pudiendo fraccionarse en horas o medias jornadas.

Plazos y límites 

Para aprovechar esta compensación, junto con haber acordado previamente por escrito con el empleador, el trabajador solo deberá notificar con 48 horas de anticipación. Además, hay que considerar que tiene seis meses desde que se originan las horas extra para aprovechar la compensación en feriado

Si este plazo vence y no se han utilizado estas horas, o si no existe un acuerdo previo firmado para la retribución en días libres, el empleador deberá remunerarlas en dinero con un recargo del 50% sobre las horas trabajadas. El dictamen indica que si no se pagan las horas extra ni se otorga el feriado adicional, corresponde al afectado interponer una denuncia a la Inspección del Trabajo.  

Finalmente, el dictamen indica que el plazo de un año en el que se pueden acumular hasta cinco días de feriado adicional en este caso se refiere a la anualidad del contrato de trabajo que se contabiliza desde el inicio de la relación laboral. 

De esta forma se configura esta nueva opción de compensación que, recordemos, está en vigencia junto con la Ley de 40 horas desde el 26 de abril en Chile. Puedes leer saber más para saber  sobre el cálculo y pago de horas extra en el país.

 

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