Recursos Humanos

Conoce la Ley de Conciliación de la vida personal, familiar y laboral

La legislación apunta a dar flexibilidades a quienes realizan labores de cuidado no remuneradas y les otorga derecho a teletrabajo, entre otras medidas

Conoce la Ley de Conciliación de la vida personal, familiar y laboral
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El teletrabajo es uno de los cambios más importantes en la vida laboral de los últimos años, ya que otorga nuevas flexibilidades que pueden aprovechar tanto trabajadores como empleadores.  

Considerando esto, en enero de 2024 entró en vigencia en Chile la Ley N° 21.645, conocida como ley de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, que regula el derecho a tener teletrabajo de los quienes que desempeñan labores de cuidado no remuneradas y otras facilidades destinadas a balancear mejor las responsabilidades en el trabajo y el hogar. 

Conoce más de los derechos que suma esta ley a continuación. 

¿A quienes beneficia?

Según explican desde la Subsecretaría del Trabajo, el objetivo es contribuir al bienestar de las familias y disminuir las desigualdades entre hombres y mujeres con respecto a las cargas de trabajo doméstico y de cuidado. Así, se reconocen las labores de cuidado no remuneradas, las que usualmente representan un obstáculo para poder conciliar una vida laboral. 

Para quienes tengan a su cuidado personal menores de 14 años, o una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, la ley otorga el derecho a poder realizar teletrabajo en toda o parte de su jornada si es que la naturaleza de sus funciones lo permiten.

Flexibilidad para cuidadores  

Adicionalmente, cuando se trata de menores de edad, se otorgan ciertos beneficios para el periodo de vacaciones escolares definido por el Ministerio de Educación, con el fin de que los cuidadores puedan compatibilizar su tiempo con este periodo en el que los niños no están en clases.  

De este modo, ahora existe el derecho de uso preferente del feriado legal en este periodo para quienes tienen cuidado personal de menores de 14 años o adolescentes menores de 18 años con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada. También se puede modificar transitoriamente los turnos o la distribución de la jornada diaria, previo acuerdo con el empleador y sin alterar la duración del tiempo trabajado.

Más allá de eso, las organizaciones sindicales pueden acordar con los empleadores la reducción de la jornada laboral de manera transitoria durante toda o parte de las vacaciones escolares, volviendo a las condiciones establecidas por el contrato una vez terminadas.

Balanceando la vida personal 

Además de los nuevos derechos otorgados a los trabajadores que cumplan con labores de cuidado, la ley también establece el deber de las empresas de promover el equilibrio entre la vida personal, familiar y laboral. Para esto, deben realizar acciones para informar, educar y sensibilizar al respecto, ya sea de manera directa o a través de mutualidades de empleadores. 

La legislación también incorpora al Código del Trabajo los principios de parentalidad positiva, corresponsabilidad social, protección a la maternidad y paternidad, y la protección de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

 

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