Una de las reformas laborales más polémicas fue la flexibilidad horaria del trabajo en Chile. Esta permite más días para descansar, pero solo si se trabaja más horas. También hay nuevas disposiciones para los trabajadores de retail, jornadas anuales y semestrales a nivel colectivo. En esa línea, también muchas nuevas formas de distribuir la jornada laboral.
El mes pasado, el gobierno presentó una nueva ley de Modernización Laboral para la Conciliación Trabajo, Familia e Inclusión. Esta Reforma Laboral consiste en tres puntos: medidas de adaptabilidad de jornada. También, normas para la protección de los trabajadores por plataforma (como Uber o Rappi). Por último, reglamentos para la prohibición del trabajo infantil, privados en libertad y denuncias del acoso sexual en el trabajo.
Según el proyecto de ley enviado al Senado el 14 de mayo, propone una jornada mensual de 180 horas. Además, la jornada de 45 horas semanales o 180 horas mensuales, se pueden distribuir de forma diferente cada semana. Esto permite que, manteniendo las horas, los trabajadores pueden negociar 4 días de trabajo y 3 de descanso.
También la posible ley faculta a los empleadores y trabajadores, pactar jornadas semestrales y anuales a nivel colectivo. En el caso de las horas extras, el trabajador puedo disponer de bolsas de horas extraordinarias, semanales o mensuales, cuyo límite será mensual o semanal. También permite compensar algunas horas extraordinarias por más vacaciones. Esto implica la posibilidad de obtener hasta 5 días de feriado anual adicional.
El proyecto de ley establece el pacto de “bloques horarios” para el ingreso y salida de trabajo. Sin especificar cómo (salvo negociación de las partes), los trabajadores pueden “acomodarse a sus propios horarios y necesidades”.
También el proyecto establece que el trabajador puede adelantar su horario de salida si el tiempo de colación es superior al mínimo legal de 30 minutos. De esta manera, “el trabajador podrá solicitar al empleador su rebaja en el remanente del tiempo mínimo -hasta en una hora al día- para adelantar la salida del trabajo”.
En este apartado, también se incluye la modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia en periodos de vacaciones familiares. Esto significa que las y los trabajadores pueden prestar sus servicios en esta modalidad o para reducir su jornada laboral diaria. El fin sería para compatibilizar tanto trabajo como familia.
Por último, se incorpora la posibilidad de pactar “un sistema excepcional de distribución de jornada”. En este sistema, las partes que convengan podrán aprobar sus propios tipos de jornadas (en relación a las modificaciones antes descritas). Esto, sin esperar la aprobación de la Dirección del Trabajo.
Para los trabajadores del comercio o retail, la nueva normativa propone cambiar los dos domingos obligatorios de descanso al mes, por 12 domingos de descanso por semestre. Según asevera el proyecto, se asegura “en todo caso, que el trabajador tenga al menos doce domingos de descanso al semestre, en vez de dos al mes”.
Actualmente el proyecto se encuentra sin urgencia ingresado al Senado. A raíz de estas medidas, han existido posiciones encontradas entre quienes aseveran que si permite la compatibilidad de vida laboral y personal.
Otras voces señalan que la reforma permite una precarización laboral mayor de la existente. Además, según encuestas, la mayoría de los trabajadores no confían en que su empleador sea tan “flexible”.
Sea cual sea la decisión de las autoridades, ya existen sistemas que pueden gestionar jornadas de trabajo flexibles. El ingreso de planillas con diferentes combinaciones de horarios y reportes es posible. El desafío ahora es llegar un acuerdo nacional que pueda garantizar la compatibilidad entre trabajo y vida personal.