La dotación laboral es un conjunto de elementos que los empleadores están obligados a entregar a sus empleados para el desempeño de sus funciones. En Colombia, esta dotación consiste en un par de zapatos y un traje de trabajo. El Código Sustantivo del Trabajo (CST), entre los artículos 230 y 234, establece que la dotación se debe entregar tres veces al año, de manera gratuita y en especie, nunca en efectivo.
La entrega de dotación se realiza cada cuatro meses: en abril, agosto y diciembre, garantizando que los trabajadores dispongan del equipo adecuado para desempeñar sus labores de manera eficiente y segura.
Los empleados que devenguen hasta dos salarios mínimos legales vigentes tienen derecho a recibir dotación por parte de sus empleadores. Además, deben haber cumplido al menos tres meses de servicio en la empresa para tener acceso a la primera entrega.
Entrega en especie: La dotación debe incluir un par de zapatos y un traje de trabajo apropiado. No está permitido entregar dinero en lugar de los productos.
Prohibición de cobros: Los empleados no deben cubrir ningún costo de la dotación ni se puede descontar de su salario.
El incumplimiento de la entrega de dotación laboral puede acarrear sanciones legales para las empresas, además de generar un impacto negativo en el ambiente laboral. Los trabajadores que no reciben su dotación a tiempo o de forma adecuada tienen el derecho de presentar reclamos ante las entidades correspondientes, como el Ministerio de Trabajo, lo que puede derivar en sanciones para el empleador.
La entrega de dotación es una obligación legal y una responsabilidad moral para las empresas que buscan garantizar el bienestar y la seguridad de sus trabajadores. El Código Sustantivo del Trabajo establece las reglas claras para su distribución, y cumplir con ellas no solo evita problemas legales, sino que también refuerza el compromiso de la empresa con su equipo. Asegúrate de planificar con anticipación y destinar los recursos adecuados para cumplir con esta importante normativa laboral.