El riesgo de trabajo está determinado según la Ley Federal del Trabajo en México. El trabajo seguro siempre comienza con la identificación y comprensión de los riesgos de salud y seguridad que existe en el lugar del trabajo. Pero, ¿Qué debe hacer la empresa para minimizar esos riesgos?
Para minimizar los riesgos, se debe identificar debe identificar donde están los peligros. Si no lo sabes, en este artículo de GeoVictoria repasaremos que es un riesgo de trabajo y de que forma se considera en la Ley Federal de Trabajo.
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¿Qué es un riesgo de trabajo?: la definición
Según el artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el riesgo de trabajo se define como:
“son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo”.
¿Cómo se clasifican un riesgo de trabajo?
Según esta misma normativa, los riesgos de trabajo son los siguientes:
Accidente de Trabajo: es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial. Esta es producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.
Dentro de esta definición se incluye: “los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador. Directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél”.
Enfermedad de trabajo: es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa “que tiene origen en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios”.
¿Qué es considerado la enfermedad de trabajo?
De acuerdo con el artículo 476, serán consideradas enfermedades de trabajo las que determine esta Ley y la actualización que realice la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Cuando los riesgos se realizan pueden producir:
- Incapacidad temporal.
- La incapacidad permanente parcial.
- Incapacidad permanente total.
- La muerte.
- Desaparición derivada de un acto delincuencial.
Incapacidad temporal
Es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo.
Incapacidad permanente parcial
Es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.
Incapacidad permanente total
Es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.
¿Qué derechos tienen aquellos trabajadores que sufran un riesgo de trabajo?
Los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo tendrán derecho a:
- Asistencia médica y quirúrgica.
- Rehabilitación.
- Hospitalización, cuando el caso lo requiera.
- Medicamentos y material de curación.
- Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios.
- La indemnización fijada en el presente Título.
¿Qué situaciones pueden exceptuar las obligaciones del patrón determinadas en el artículo anterior?
De acuerdo con la LFT, el patrón queda exceptuado de las obligaciones que determina el artículo anterior. Lo anterior se producirá solo en los siguientes casos:
- Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de embriaguez.
- Cuando el trabajador está bajo la acción de algún narcótico o droga enervante. Salvo que exista prescripción médica y que el trabajador hubiese puesto el hecho en conocimiento del patrón y le hubiese presentado la prescripción suscrita por el médico.
- Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí solo o de acuerdo con otra persona.
- Si la incapacidad es el resultado de alguna riña o intento de suicidio.
- El patrón queda en todo caso obligado a prestar los primeros auxilios y a cuidar del traslado del trabajador a su domicilio o a un centro médico.
¿Qué riesgos no libera al patrón de responsabilidad?
- Que el trabajador explícita o implícitamente hubiese asumido los riesgos de trabajo.
- Si el accidente ocurra por torpeza o negligencia del trabajador.
- Cuando el accidente sea causado por imprudencia o negligencia de algún compañero de trabajo o de una tercera persona.
¿Cuál es la prima de riesgo de trabajo?
La prima de riesgo de trabajo es una obligación que cada año deben de presentar las empresas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). De acuerdo con Staffing Personal, ello es “como consecuencia de los accidentes o enfermedades ocurridos a sus trabajadores por la actividad que desarrollan”.
Es cubierta con las cuotas que cada patrón debe pagar según la Ley del Seguro Social. Cada monto se calcula a partir del salario base de cotización y mientras más riesgo represente una actividad, es mayor el monto de Prima de riesgo.
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