Los días de vacaciones por año son un derecho para cualquier trabajador. Ello siempre y cuando tenga una relación contractual con el patrón. Si existe una cierta cantidad de años de servicios, ello influirá en los días de descanso solicitados.
Sin duda, las vacaciones son el periodo que todas las personas anhelan. Es el tiempo para estar en otro lugar y desconectarse de la rutina laboral. Es el tiempo libre para compartir más junto a familia y amigos.
No obstante, existen diversas dudas respecto a este tema en México. ¿Cómo se calculan?, ¿en qué momento se solicitan?, ¿son remuneradas siempre? Te invitamos a leer el siguiente artículo de GeoVictoria donde responderemos a todas estas preguntas.
En el capítulo IV de la Ley Federal del Trabajo, se especifica todo lo relacionado el derecho a vacaciones de los trabajadores. En específico, en aquellos que tengan más de año de servicio. Según la ley, ellos disfrutarán:
[…] de un período anual de vacaciones pagadas. En ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios […].
Después del cuarto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años servicio. Por tanto, la Ley Federal del Trabajo premia la permanencia en una empresa. Así las cosas, el gobierno mexicano ejemplifica con lo siguiente, el acceso a este derecho:
En simples palabras, si un trabajador trabajó todo el año, tiene derecho a sus días de vacaciones por año. Por ejemplo, si un trabajador o trabajadora ingresó el 1 de enero de 2022 a trabajar, cumple su año el 1 de enero de 2023.
Según el artículo 77 de la LFT, los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones. Ello en proporción al número de días de trabajos en el año.
Según el artículo 78, “los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones”. Así, la ley indica este número de días como un mínimo.
La ley especifica que “las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios”.
Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia. Allí se certificará su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda. Por tanto, en esa constancia, estará la fecha en que deberán disfrutar el descanso.
GeoVictoria tiene todo lo que necesitas para gestionar las vacaciones del personal de tu empresa. Con esta plataforma los trabajadores podrán solicitar sus días de descanso y revisar cuántos corresponden. Asimismo, como empleador podrás aprobar las solicitudes y tener en cuenta el número de días.
Este módulo es compatible con nuestras soluciones de control de asistencia, por lo que tendrás toda la información centralizada. En dicho caso, tendrás acceso diario a la dotación de personal de la empresa, incluso en diferentes puntos. Así, podrás observar la cantidad de trabajadores que hay por jornada.
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El artículo 79 de la LFT es muy explícito en ello, “las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración”.
La misma norma puntualiza que, si la relación de trabajo finaliza antes del año, se deberá remunerar los días de descanso. Vale decir, “el trabajador tendrá derecho a una remuneración proporcionada al tiempo de servicios prestados”.
Durante el periodo de vacaciones el patrón deberá de cubrir el salario ordinario. En otras palabras, debe remunerar el dinero que perciben los trabajadores durante los días que disfrute las vacaciones.
Así mismo, el artículo 80 indica que los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de 25% (por ciento). Ello por sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.