Recursos Humanos

Reforma Laboral: Penas de Prisión por Jornadas Excesivas de Trabajo

La Ley ahora establece hasta 12 años de prisión para empleadores o sus representantes legales que no respeten los límites de horas de trabajo.

Reforma Laboral: Penas de Prisión por Jornadas Excesivas de Trabajo
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Una reciente reforma implica penas de cárcel para los empleadores o sus representantes legales que sometan a sus trabajadores a jornadas laborales superiores a lo estipulado por la ley. 

A pesar de que ya existían sanciones por explotación laboral, estas requerían condiciones evidentes de insalubridad, falta de protección, un salario menor al establecido o una carga de trabajo excesiva. Ahora, el gobierno ha publicado en el Diario Oficial de la Federación una reforma que considera explotación laboral cualquier jornada de trabajo que exceda los límites legales. 

Se espera que esta modificación provoque nuevas demandas contra los empleadores, aunque también se anticipan controversias e interpretaciones legales, según especialistas consultados por un medio de prensa local.

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¿Qué dice la nueva reforma sobre jornadas excesivas de trabajo?


El artículo 21 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas establece que: 

Será sancionado con pena de 3 a 10 años de prisión y de 5,000 a 50,000 días de multa quien explote laboralmente a una o más personas. 

El artículo define “explotación laboral” como la obtención de un beneficio injustificable mediante el trabajo ajeno, incluyendo prácticas que atenten contra la dignidad, tales como: 

  • Condiciones peligrosas o insalubres sin las protecciones necesarias. 
  • Desproporción entre la cantidad de trabajo y el pago recibido. 
  • Salario por debajo de lo legalmente establecido. 

La reforma adiciona: 

  • Jornadas de trabajo que excedan lo estipulado en la ley. 

Para personas de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, las penas serán de 4 a 12 años de prisión y de 7,000 a 70,000 días multa. 


¿Cómo será aplicada la nueva norma? 


Estefanía Rueda, socia de Littler y especialista en Derecho Laboral, declaró a un medio de prensa local que "todavía no está claro el criterio que se va a utilizar". Aunque la Ley Federal del Trabajo prohíbe exigir más de 9 horas extras a la semana, las interpretaciones judiciales han variado. 

No basta con superar las 9 horas extras semanales; la jornada debe ser inhumana, extenuante, sin descanso o con gran deterioro físico o mental. La experta señala que las leyes "no son claras" ya que permiten trabajo adicional con la sanción de pagar al triple. 

En México, la jornada laboral máxima es de 48 horas semanales, a partir de las cuales se consideran horas extras. Sin embargo, la poca claridad en la ley prevé "controversias" judiciales. 

"Es probable que, aunque un trabajador reclame, la parte contraria interponga recursos que un tribunal superior deberá resolver", explica la abogada. 

 

¿A quiénes afectará la nueva norma? 

Rueda exhorta a abogados y empresas a ser cautelosos y tomar la reforma en serio, ya que las sanciones implican prisión y no solo multas. 

La sanción podría aplicarse a representantes legales, personal de recursos humanos, directores o gerentes involucrados en la implementación de jornadas laborales que excedan los límites legales, dependiendo del criterio adoptado por las autoridades.

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