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Licencia por fallecimiento durante vacaciones: ¿es posible?

Descubre si es posible interrumpir tus vacaciones por el fallecimiento de un familiar según la normativa laboral vigente en Perú.

Licencia por fallecimiento durante vacaciones: ¿es posible?
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La posibilidad de interrumpir las vacaciones por el fallecimiento de un familiar es una duda común entre los trabajadores peruanos. Las normativas establecen condiciones específicas para el uso de licencias en situaciones delicadas. Te explicamos si puedes o no acceder a tu licencia por fallecimiento mientras disfrutas de tus vacaciones, según las leyes laborales vigentes en Perú. 

Normativa vigente sobre licencias laborales en Perú 

 

En el contexto de las normativas laborales, surge la duda de si un trabajador puede activar la licencia por fallecimiento de un familiar durante sus vacaciones. La respuesta es negativa, la legislación peruana, específicamente el Decreto Supremo N.º 0132023TR y el Decreto Legislativo N.º 713, establece que las vacaciones, una vez iniciadas, no pueden ser interrumpidas, ni siquiera por razones de fallecimiento. 

Esto significa que, si un trabajador está de vacaciones y se produce el fallecimiento de un familiar, la licencia correspondiente no puede ser activada, ya que la persona está legalmente ausente de su puesto de trabajo. Sin embargo, si la licencia es solicitada antes del inicio de las vacaciones, la situación es diferente. 

¿Qué dice la ley sobre la licencia por fallecimiento? 

 

La Ley N.º 31602 otorga a los trabajadores el derecho a ausentarse en caso de fallecimiento de un familiar directo, incluyendo cónyuge, padres, hijos y hermanos. Este permiso es de cinco días y está diseñado para dar al empleado tiempo para sobrellevar la situación. Sin embargo, este derecho no se extiende a aquellos que ya se encuentran de vacaciones, ya que en términos legales, el trabajador ya está ausente de su puesto. 

Si el empleador se niega a reconocer el fallecimiento y no otorga la licencia adecuada en otros casos, el trabajador tiene el derecho de acudir a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). La falta de cumplimiento con estas disposiciones puede ser sancionada como una infracción muy grave. 

 

 

Diferencias entre el sector público y privado 

Aunque las normas son similares para los sectores público y privado, hay algunas diferencias importantes. En ambos sectores, la duración de la licencia por fallecimiento es de cinco días. Sin embargo, en el sector público, esta licencia está delimitada por el artículo 112 del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, y puede extenderse hasta tres días adicionales en función de la distancia del lugar donde ocurrió el fallecimiento. 

Para los trabajadores del sector privado, los días adicionales pueden variar según la política interna de la empresa, pero no suelen superar los tres días por término de distancia dentro del país, y hasta 30 días si el fallecimiento ocurre en el extranjero. 

  

¿Qué sucede si hay descanso médico durante las vacaciones? 

Otra situación que genera confusión es el caso de un descanso médico durante el periodo vacacional. Si un trabajador se enferma o sufre un accidente durante sus vacaciones, estas no se interrumpen, y el descanso médico comenzará después de que finalice el periodo vacacional. 

En caso de que la incapacidad ocurra antes del inicio de las vacaciones, estas deben ser reprogramadas para cuando finalice el periodo de descanso médico. Las empresas, sin embargo, pueden tener regulaciones internas que sean más favorables para el trabajador. 

  

Derechos del trabajador en situaciones excepcionales 

Si bien las leyes son claras en cuanto a la imposibilidad de activar licencias por fallecimiento durante las vacaciones, los empleados deben estar atentos a sus derechos en situaciones excepcionales. Si un trabajador no cumple con las normas establecidas y se ausenta de su jornada laboral sin causa justificada, puede enfrentarse a sanciones, como el despido o el descuento de su salario por los días no trabajados. 

En resumen, la normativa peruana establece límites claros en cuanto a la interrupción de las vacaciones por fallecimiento de un familiar. Sin embargo, los trabajadores siempre pueden acudir a las instancias correspondientes, como Sunafil o las autoridades judiciales, para resolver cualquier disputa relacionada con el otorgamiento de licencias. 

Aunque la ley es clara en cuanto a que las vacaciones no pueden ser interrumpidas por licencias, es fundamental que los trabajadores estén informados sobre sus derechos y los procedimientos que deben seguir en casos excepcionales. La correcta comprensión de estas normativas puede evitar conflictos innecesarios con el empleador y asegurar el respeto de los derechos laborales. 

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