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La Compensación por Tiempo de Servicios, también conocida como CTS, es una de las cuestiones que más importa a trabajadores y empresas. Se trata de una compensación económica que sirve como un seguro en caso de que el trabajador quede desempleado.
¿Todos los trabajadores tienen derecho a este beneficio? ¿Cómo se calcula una CTS?, ¿Cuándo podemos retirar el dinero?
Desde GeoVictoria sabemos que no es el proceso más sencillo de realizar. Por ello, en este post te contamos todos los detalles sobre este beneficio y cómo realizar el trámite en 2022. También te mostramos cómo un control de asistencia es fundamental para realizar esta tarea.
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio laboral que otorga la empresa a cada empleado de su planilla. Esta ayuda tiene como finalidad proteger al trabajador en el momento que termine su relación laboral.
La CTS se deposita dos veces al año. El primer pago es en mayo y el segundo pago en noviembre. Cabe señalar que el importe asignado varía según el régimen laboral de la empresa.
Para saber cuánto es lo que recibirán los trabajadores de una empresa, se deben realizar los siguientes pasos:
Tomemos como ejemplo un sueldo mínimo de S/1025.
Entonces, en este caso el trabajador recibirá una CTS de S/ 601,2.
Si eres empleador y necesitas calcular la CTS de tu personal, entonces debes tener en cuenta varios aspectos. Uno de los más importantes tiene que ver con el número de días y horas que ha realizado cada trabajador.
Para conocer estos datos, existen dispositivos como el reloj de control que ofrece GeoVictoria. Se trata de un mecanismo de control horario que permite conocer la jornada diaria de cada trabajador en una empresa. Esto facilita disponer de la información necesaria para el cálculo de CTS según horas trabajadas.
Si necesitas más información sobre nuestro control de asistencia, haz click aquí y nos pondremos en contacto contigo. También puedes escribir a ventasperu@geovictoria.com o llamando a 017436563.
Como decíamos, se trata de un beneficio que se deposita dos veces al año. Además, el artículo 14 de la Ley de CTS señala que los pagos “deben realizarse dentro de los primeros 15 días naturales de los meses de mayo y noviembre”.
Si el último día de pago es un día inhábil, entonces el depósito puede efectuarse el primer día hábil del mes siguiente. Esta situación sucedió el semestre pasado, cuando el plazo para el depósito de mayo venció el lunes 17. Sin embargo, el próximo pago deberá realizarse de forma normal. Esto ya que las empresas tendrán como plazo máximo el lunes 15 de noviembre.
El retiro del excedente también es un aspecto importante con respecto a la CTS. De acuerdo a la Ley N° 30334, los trabajadores pueden retirar el 100% de su CTS. Esto siempre que el monto exceda a cuatro sueldos y que estos salarios sean intangibles. Es decir, no se pueden extraer salvo que el trabajador haya sido cesado por la empresa.
Para determinar la cantidad intangible debemos considerar el sueldo de cada trabajador en la fecha del retiro. Este valor debe multiplicarse por cuatro.
Por ejemplo, si un trabajador tiene un total de 10.000 y su sueldo es de S/ 2.000; entonces los cuatro sueldos equivalen a S/ 8,000. En este caso el exceso que se puede retirar es S/ 2.000.
Se considera remuneración computable (RC) al pago de referencia para el cálculo de la CTS. Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, esta es la definición más acertada: “Es la remuneración básica y todas las cantidades que regularmente percibe el trabajador, en dinero o en especie, como contraprestación por su labor, cualquiera sea la denominación que se le dé, siempre que sea de su libre disposición”.
Por consiguiente, para un cálculo correcto de la CTS intervendrán diversos factores. Entre ellos se encuentran la remuneración básica, asignación familiar, gratificación y horas extras.