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La gratificación de navidad 2021 es muy importante para los trabajadores peruanos. De acuerdo a la Ley de Gratificaciones y su Reglamento (Ley n° 27735 y Decreto Supremo n° 005-2002-TR), no se puede pactar el pago de las gratificaciones en una oportunidad distinta de la señalada. Esto lo explica el Manual de Preguntas Frecuentes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
En el siguiente artículo te explicaremos quienes reciben esta gratificación de navidad en Perú y como cobrarlo.
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Según la Ley de Gratificaciones y su Reglamento, tienen derecho a este beneficio, los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, sea cual fuere la modalidad de contrato de trabajo.
Las gratificaciones ordinarias equivalen a una remuneración íntegra si el trabajador ha laborado durante todo el semestre. Se reducen proporcionalmente en su monto cuando el período de servicios sea menor.
La remuneración computable para las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad es la remuneración vigente al 30 de junio y 30 de noviembre, respectivamente. La remuneración computable, es aquella que se considera como “remuneración regular percibida mensualmente por el trabajador en dinero o en especie”.
Según el artículo 6 de la Ley N°27.735, dentro de los requisitos para tener un derecho a la gratificación de navidad en Perú son:
Según el anterior artículo, estos trabajadores percibirán “la gratificación en forma proporcional a los meses laborados”.
De acuerdo con el Manual de Preguntas Frecuentes Laborales, para los trabajadores que perciban remuneraciones imprecisas o variables (por ejemplo, comisionistas, destajeros, entre otros), “las gratificaciones se calculan en base al promedio de las remuneraciones percibidas por el trabajador en el semestre respectivo” (enero-junio o julio-diciembre).
Según la normativa, el monto de la gratificación trunca se determina de manera proporcional a los meses calendarios completos laborados en el período en el que se produzca el cese. Además, “la gratificación trunca se paga conjuntamente con todos los beneficios sociales dentro de las 48 horas siguientes de producido el cese”.
Según el Decreto Supremo N°005-2002 el derecho a la gratificación trunca se origina al momento del cese del trabajador, siempre que tenga cuando menos un mes íntegro de servicios.
Según el portal de noticias RPP, el pago de la gratificación legal no depende de si el trabajador presta servicios de forma remota o presencial. El sitio precisa que para tener “derecho a la gratificación legal por Navidad en Perú, el trabajador debe encontrarse: